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¿Qué es el Seguro de Caución?

El seguro de caución aparece como un verdadero contrato de garantía bajo la forma y modalidades del contrato de seguro.

Su objeto principal es garantizar a favor de un tercero –denominado Beneficiario ó Asegurado - las consecuencias de los posibles incumplimientos del solicitante -denominado Tomador o Proponente- vinculado por un contrato anterior a la caución y del cuál ésta resulta accesoria.

En el seguro de caución, el riesgo asegurable es el incumplimiento imputable al Tomador con relación a las obligaciones asumidas frente al Beneficiario en virtud del contrato principal objeto de la garantía.

¿Cuáles son las partes que intervienen?

Son tres:

1) El Asegurador (La Compañía Aseguradora);

2) El Tomador o Proponentes (solicitante del seguro);

3) El Beneficiario o Asegurado, o sea el Tercero (con quien se tiene la obligación principal y que acepta el seguro).

¿Por qué es necesario constituir una Carpeta de Cliente?

La compañía de seguros debe realizar un análisis de las empresas que solicitan los seguros, el cual se centra en tres aspectos:

Jurídico: consiste en el análisis del Contrato, Pliego, Orden de Compra, etc.

Económico: tiene en cuenta

- grado de cumplimiento de obligaciones anteriores
- grado de capacidad gerencial y de tecnología
- evaluación de capacidad patrimonial, financiera y del mercado en que opera.

COBERTURAS

 

GARANTIAS PARA OBRAS Y/O SUMINISTROS PUBLICOS

Mantenimiento de Oferta

Se garantiza la obligación del Tomador de mantener su oferta y en el caso de resultar adjudicatario, firmar el contrato respectivo en la forma y plazos requeridos. La suma asegurada se establece generalmente entre el 1% y el 5% del presupuesto o monto del pliego de bases y condiciones.

Ejecución de Contrato

Esta póliza garantiza el cumplimiento, en tiempo y forma, de las obligaciones asumidas por el Tomador. La garantía cesa cuando se produce la recepción provisoria, no cubriendo el período de mantenimiento o conservación de la obra. Usualmente la suma asegurada oscila entre el 5% y el 20% del monto del contrato.

Anticipos Financieros

Se garantiza el buen uso del anticipo recibido por el Tomador del Asegurado, según lo estipulado en el contrato. La garantía se desafecta con el avance de las obras conforme los certificados que emita el Tomador y acepte el Asegurado. No cubre multas o penalidades que el Asegurado le aplique al Tomador.

Anticipos por Acopios

En este tipo de cobertura se garantiza que el importe que recibe el Tomador sea aplicado a adquirir elementos predeterminados y destinados a la ejecución de las obligaciones contraídas. Generalmente, el anticipo de la suma asegurada no supera el 50% del monto del contrato. La garantía se desafecta en la misma medida que el Tomador realice el acopio en obra de los elementos comprometidos. No cubre multas o penalidades que el Asegurado le aplique al Tomador.


Sustitución de Fondo de Reparo

El objeto de esta póliza es la sustitución de las retenciones a efectuar por el Asegurado al Tomador que, según la ley aplicable y/o el contrato, está obligado a constituir con el objeto de atender las reparaciones originadas por defectos de mano de obra o mala calidad de los materiales empleados. Se libera con la recepción definitiva de la obra. Generalmente, la suma oscila entre el 5% y el 10% del monto de cada certificado de obra

GARANTIAS PARA COMERCIO EXTERIOR

GARANTIAS ADUANERAS

Tránsito Terrestre

Se garantiza el monto de los tributos que correspondieran por importación sobre aquellas mercaderías ingresadas en tránsito al país cuyo destino final es una zona franca, depósito fiscal u otra aduana de salida hacia otro país.

Importación Temporaria

Se garantiza el monto de los tributos que correspondieran por importación sobre aquellas mercaderías ingresadas al país sujetas a la obligación de ser reexportadas.

Exportación Temporaria

Se garantiza el monto de los tributos que correspondieran por exportación sobre aquellas mercaderías egresadas del país sujetas a la obligación de ser reimportadas.

Envío en Consignación (Exportación de Mercadería en Consignación)

Se garantizan los tributos hasta el momento en que se perfecciona la venta. Se aplica el mismo régimen que en la exportación temporaria.

Diferencias de Derechos

Se garantizan las diferencias de derechos de importación entre el monto calculado por la Aduana y el estimado por el Tomador. Habitualmente, estas diferencias surgen de distintas valoraciones o clasificaciones arancelarias entre las partes.

Falta de Documentación

Se garantiza la presentación, por parte del importador, de la documentación original de la mercadería necesaria para su despacho a plaza.

Draw Back / Reembolsos / Reintegros

Se garantiza la devolución total o parcial de las sumas pagadas por el Estado en concepto de estímulo a la exportación.

Habilitación Depósito Fiscal

Se garantiza el cumplimiento de las obligaciones tributarias y penales del depositario.

OTRAS GARANTIAS

Póliza de Caución de Garantía para Administradores de Sociedades Comerciales

Es la Garantía mínima que deben constituir los Directores y Socios Gerentes de las S.A. y S.R.L. respectivamente, en un todo de acuerdo a lo previsto en las Resoluciones 20 y 21/2004 de la Inspección General de Justicia.

La póliza cubre a la Empresa ante el incumplimiento de las obligaciones del Director o Socio Gerente en el desempeño de sus funciones.

 

GARANTÍAS DE CONCESIÓN

Pago de Canon

Se garantiza el efectivo pago de canon de parte del Tomador al Asegurado, de acuerdo a lo acordado contractualmente.

Incumplimiento Contractual

Se garantiza el cumplimiento de las demás obligaciones, de hacer o de dar, a cargo del Tomador emergentes del contrato suscripto con el Asegurado, con excepción del pago de canon y/o cualquier otra obligación de pago.

GARANTÍAS JUDICIALES

 

Cautelas Judiciales

Esta garantía tiene como objeto sustituir una medida cautelar decretada en sede judicial.

 

Contracautelas Judiciales

Se garantizan los eventuales daños y perjuicios que la traba de una medida cautelar, decretada judicialmente, pueda causarle a la parte demandada en caso de haber sido solicitada infundadamente por el Tomador.

 

GARANTÍAS DE TENENCIA

 

Garantía de tenencia para uso, reparación, manutención o reacondicionamiento

Se garantiza la tenencia y posterior devolución de los bienes de propiedad del Asegurado que éste ha entregado o entregará al Tomador para su uso, reparación, manutención o reacondicionamiento, de acuerdo con los términos de la contratación que han sido determinadas por las partes.

Garantía de tenencia de materiales para fabricación y montaje

Esta garantía responde por la tenencia y posterior incorporación a la fabricación, construcción y/o montaje que realice el Tomador por encargo del Asegurado de los materiales recibidos de éste.

Garantía de certificación de avance de fabricación

Mediante esta cobertura se garantizan los pagos recibidos por el Tomador del Asegurado, en concepto de certificación por el avance de fabricación en el taller del Tomador, cubriendo la entrega final del bien construido.

Garantías para el Ejercicio de una Actividad o Profesión

Estas pólizas sustituyen los depósitos que están obligados a constituir, ante los entes de contralor, quienes desarrollan determinadas actividades o profesiones, a los fines de garantizar su buen desempeño. Tal es el caso de los martilleros, empresas de turismo, empresas de estibaje, corredores de cambio y otros.

 

GARANTÍAS DE ALQUILER

 

Alquileres impagos
Se garantiza el cobro por parte del Asegurado de los alquileres resultantes del contrato de locación celebrado con el Tomador.

 

Sustitución del depósito en garantía
Esta póliza tiene por objeto sustituir el depósito en garantía que está obligado a constituir el Tomador, de acuerdo al contrato de locación celebrado con el Asegurado.

 

Garantías Impositivas

Esta garantía es exigida por la Dirección General Impositiva con el objeto de pagar anticipadamente los créditos fiscales devengados a favor del contribuyente y/o cualquier otra documentación respaldatoria de estos créditos a cobrar.

 

GARANTIAS DE ACTIVIDAD O PROFESION.

 

Empresas de Viajes y Turismo.
Agentes de Viaje I.A.T.A.
Agentes de Cargas I.A.T.A.
Agentes de Cargas asociados al sistema CASS Argentina.
Agentes Generales de ventas de pasajes.
Corredores de cambio.
Empresas de servicios eventuales.
Corredores y/o Martilleros públicos.
Agencias de Investigaciones Privadas.
Matarifes.

 


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